Un Bufete Dedicado Exclusivamente a Seguro Social
PROCESO DE RECLAMO
I. PROCESO DE RECLAMO

A. Solicitud: Para el Seguro Social o SSI, se debe hacer un reclamo formal solicitando beneficios por incapacidad en una oficina local de Seguro Social. Nuestra oficina le puede ayudar a presentar su reclamo en ciertos casos, particularmente si usted ha estado incapacitado o incapacitada por lo menos durante 12 meses debido a una enfermedad medicamente documentada.

B. Rechazo: No debe desanimarse si le rechazan su reclamo en la primera etapa. Se estima que el 80-90% de las solicitudes presentadas se rechazan. Llegado este momento es cuando usted debe buscar representación legal. Nuestra oficina puede discutir las circumstancias del caso con usted y darle opinion sobre los méritos del caso. Entre más pronto empecemos a trabajar en su caso, mayor probabilidad de que tengámos éxito.

C. Reconsideración: El siguiente paso en el proceso es presentar una "Solicitud de Reconsideración" al Seguro Social. Después de tres o cuatro meses aproximadamente, el Seguro Social tomará una decisión sobre la Solicitud de Reconsideración. O le concederán o le rechazarán los beneficios. Si vuelven a rechazar su solicitud, es el momento de solicitar una audiencia ante un Juez Administrativo de Derecho.

En ciertas partes de la ciudad, el reclamante que es rechazado al nivel inicial, no tiene que registrar el proceso de apelacion al nivel de reconsideracion. Este proceso se llama "prototipo," y el proceso de reconsideracion se elimina completamente. El reclamante tiene que archivar una solicitud con el Juez administrativo.

D. Solicitud de audiencia: A éste nivel del proceso, es de suma importancia contar con representación legal competente, para que usted tenga la mejor probabilidad de ganar la apelación.

E. Preparación para la apelación: Uno de los servicios más importantes que ésta oficina presta es asegurar que tiene evidencia médica y de otro índole que exponga su condición de la mejor manera. Si es necesario, le podremos recomendar a especialistas para que le examinen y les podemos pedir a ellos que envíen un informe. Estos doctores presentarán una evaluación honesta de su incapacidad. (Naturalmente, no podemos garantizar que ellos indicarán que usted está incapacitado o incapacitada).

Si usted está recibiendo Medi-Cal, trataremos de obtener un informe integral de su propio médico. La mayoría de los médicos cobran por preparar un informe. Si ese es el caso, hablaremos con usted primero sobre el honorario que cobran antes de conseguir el informe o envíarle a un médico.

Les escribimos a los médicos que le hayan examinado, incluyendo al médico que le haya tenido bajo tratamento, para explicar los reglamentos de Seguro Social. Algunas veces los médicos creen que están preparando la clase de informe que usted necesita, pero podría ser que no estén familiarizados con los requisitos de Seguro Social. Es mucho mejor si los médicos preparen el informe teniendo en cuenta los reglamentos.

II. LA AUDIENCIA

La audiencia es la etapa más crítica del proceso de apelación y cuando la representación del abogado es más importante. El Juez Administrativo presidirá la audiencia y se le tomará testimonio bajo juramento, pero la audiencia es de alguna manera un poco informal. Es privada, por lo regular se lleva a cabo en una sala pequeña estando presente únicamente el juez y su asistente, usted, su abogado, y posiblemente su conyuge o un amigo o amiga. Este proceso tiene un periodo de espera de aproximadamente 12 meses.

El expediente médico se admitirá como evidencia. El juez o su abogado le harán preguntas que usted debe contestar de la mejor manera posible y de lo que realmente se acuerde. El Juez Administrativo puede llamar expertos, incluyendo "Expertos Vocacionales" y "Asesores Médicos", para que testifiquen sobre la posibilidad de que usted reciba entrenamiento para desempeñar una nueva clase de trabajo y para que determinen la gravedad de su estado de salud.

Su abogado lo puede preparar cuidadosamente para la audiencia, así que no es necesario ponerse nervioso o temeroso. El motivo de ésta audiencia es llegar a la verdad y cumplir con los requisitos por los cuales se estableció el Seguro Social.

III. DECISIÓN

El juez no anunciará su decisión durante la audiencia, aunque algunas veces se puede saber por el tono general de la audiencia si la decisión va ser favorable. Después le enviarán a usted y al abogado una decisión por escrito. Por lo regular toma de dos a tres meses después de la audiencia, para recibir la decisión del Juez Administrativo.

Si la decisión es favorable, usted recibirá su primer cheque aproximadamente de 8-12 semanas después de la decisión.