Nuestra oficina toma casos relacionados con los beneficios del Seguro Social por Incapacidad y del SSI en base a un honorario condicional o contingente. En otras palabras, nos paga únicamente si le obtenemos los beneficios. Le daremos una copia por escrito del convenio de abogados por adelantado. Todos los honorarios o convenios sobre el pago de honorarios deben ser aprobados por la Administración de Seguro Social. Por lo regular solicitamos un honorario correspondiente al 25% de los beneficios retroactivos, aunque podemos obtener un honorario minimo previamente especificado.
En los casos de Seguro Social, el honorario aprobado para el abogado se retiene del total pagado (suyo). Se puede exigir una suma anticipando antes de aceptar un caso de SSI, siempre que usted no tenga un caso de Seguro Social. Si éso fuera el caso, pondremos esos fondos en una cuenta de fideicomiso mientras el juez aprueba nuestro honorario a la conclusión del caso.
Aunque no cobramos por nuestros servicios a no ser que tengamos éxito, usted es responsable de pagar los costos a medida que sea necesario, incluyendo el pago de los honorarios a los médicos por los informes. Pedimos un cobro inicial pequeño para sacar copias de su expediente de Seguro Social.
Si usted desea hacer alguna pregunta después de salir de nuestra oficina, puede llamarnos por teléfono. Usted debe informarnos cuando experimente cualquier cambio en su estado de salud, si el Seguro Social le envía alguna notificación, o si se cambia de domicilio o de número de teléfono.
Nuestra oficina trabajará en cooperacion con su abogado de su caso industrial o de su caso de leciones personales para obtener los mejores resultados posibles de su asunto con Seguro Social por Incapacidad. Nuestra práctica profesional se limita a los reclamos por incapacidad ante Seguro Social. Si surgiera algún otro asunto legal que no esté relacionado a su caso ante Seguro Social, lo enviaremos a su otro abogado según corresponda. Usted puede estar seguro o segura que le representaremos de la mejor manera posible en lo que se refiere a su reclamo ante Seguro Social.